4.4.2.3.-PREMÁTICA DEL TIEMPO
["La
ley o estatúto, que se promulga o publíca, para
remediar algún excesso, abúso o daño que
se experimenta en la República." Dicc. Autoridades]
Nos, el
Tiempo, mayor maestro del mundo, heredero universal de
los hombres, señor de todo, el valentón de la muerte
y de consejo de estado, juez de residencia en lo seglar y eclesiástico,
y en todo asistente: Por cuanto estamos constituido y puesto en
este lugar por Dios nuestro Señor y con este poder nos
ha sido fecha relación de los muchos
y exorbitantes excesos que en diferentes cosas se cometen en la
república del mundo; por mostrar nuestro buen celo,
mandamos a todos nuestros justicias de cualesquier partes, so
las penas desta premática, que guarden y cumplan todo lo
en ella contenido.
Primeramente, informado de los grandes robos y latrocinios que
de ordinario se hacen en ventas,
mandamos que nadie sea atrevido de aquí adelante a llamarlas
ventas, sino hurtos, pues en ellas
hurtan más que venden, so pena de que las haya menester
el que a lo tal no obedeciere. [...]
Item, habiendo visto la multitud de poetas
con varias sectas que Dios ha permitido por el castigo de nuestros
pecados, mandamos que se gasten los que hay y que no haya más
de aquí adelante, dando de término dos años
para ello, so pena que se procederá contra ellos como contra
langosta, conjurándolos, pues
no basta otro remedio humano.
Otrosí
declaramos por moros y turcos a todos
los poetas que, como renegando de su patria, disfrazan los nombres
de damas, galanes y de sus amores con los de los turcos y moros,
llamándoles Abencerrajes, Darajas, etc. [...]
Asímismo
declaramos por figuras a todos los viejos
que se remozan y dan en requebrar, ordenando que, pues siendo
viejos se hacen niños, no lees dejen salir de casa si no
es con ayo. Y finalmente declaramos por figuras a todas las mujeres
que, siendo hermosas o ya viejas, se pintan [...]
Item, por los
muchos desórdenes que hay en estas castas de mujeres
a quien por su edad pueden llamar madres, mandamos que todas las
que fueren de treinta y ocho años a cuarenta, el no reírse
en las ocasiones de gusto, no se atribuya a falta de alegría,
sino de dientes [...]
Item, para alivio
de los presos de la cárcel y forzados de galera, declaramos
que los mayores presos y forzados son los mal
casados.
Otrosí,
sabiendo que esto de cornudo se va
haciendo honra y granjería y por saberlo muchos de los
que lo son resultan grandes daños e inconvenientes en la
república; por tanto ordenamos que se
haga oficio y que nadie sea admitido a él sin examen
y aprobación [...]